Un comerciante, empresario o ciudadano que incumpla con la Ley de Control de Tabaco ingresará a una lista donde aparecerá si canceló o no la multa de su infracción.
Así lo detalla el Reglamento de dicha ley presentado ayer por el Ministerio de Salud para una consulta pública.
Durante 10 días, las autoridades recibirán observaciones, al reglamento, en sus oficinas, vía fax y a través de correo electrónico.
En el caso de la lista de infractores, el reglamento establece que se debe presentar una certificación de que no se poseen multas, por violar la ley antitabaco, al renovar un permiso o licencia ante entidades públicas y municipios.
Dicha certificación será emitida por el Ministerio de Salud, cartera que deberá administrar el Registro Nacional de Infractores.
A partir de la publicación del reglamento, Salud tendrá un año, como plazo máximo, para crear dicho listado; sin embargo, deberá implementar un registro con datos básicos, en su sitio en web .
En los siguientes días, las autoridades sanitarias se concentrarán en recabar observaciones al reglamento elaborado.
Los interesados pueden consultar el documento en la dirección:www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/menu-principal-proyectos-y-propuestas-ms
Las observaciones pueden hacerse ante las oficinas centrales de la Dirección de Regulación de la Salud, en el cuarto piso del edificio norte del Ministerio de Salud (horario de atención de 8 a. m. a 4 p. m.).
Además, los interesados pueden enviar las opiniones al fax, 2255-4512. También, pueden escribirse al correo: unormas@ ministeriodesalud.go.cr
El reglamento debe estar vigente el 26 de junio, como máximo.
Fuente: La Nación
MARCELA CANTERO mcantero@nacion.com 12:00 A.M. 22/05/2012
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