Lo que daña a un niño, también daña a un joven de 18 años

Posición de RENATA ante campaña Yo me apunto de la CCCR

27 de agosto, 2024. Desde la Red Nacional Antitabaco (RENATA) queremos hacer énfasis en que la adicción que provocan los cigarrillos electrónicos o vapeadores afecta tanto a niños y adolescentes, como a personas adultas.

Definitivamente el aumento exponencial y abrumador de niños y jóvenes que vapean se ha dado por la falta de control de las autoridades nacionales, pero también por las lamentables acciones de comerciantes que vieron en el vacío regulatorio la oportunidad de vender productos que dañan la salud únicamente para generar dinero, sin pensar en las consecuencias para la salud del consumidor. 

La campaña “Yo me apunto” lanzada por la Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR) hace énfasis en sensibilizar a padres de familia, responsables de centros educativos, dueños y trabajadores de puntos de venta de que no vendan vapeadores a menores de edad. Sin embargo, nunca habla de sensibilizar a empresarios que importan estos productos al país y los ponen en circulación aun sabiendo el gran daño que producen a las personas que los consumen.

Asimismo, la estrategia de incluir en la campaña, a empresas de plataformas de entrega que cumplan con lo dispuesto en el reglamento de la Ley 10066, simplemente parece un acto simbólico para lavarse las manos, cuando ya de por sí no se puede alegar desconocimiento de la ley.

De igual forma la plataforma de entrega incluida en la campaña “Yo me apunto” mencionó que únicamente “promoverá” la solicitud de la cédula a la hora de la entrega por parte del repartidor cuando en realidad es una obligación legal que este lo haga.

Desde RENATA agradecemos la intención de la Cámara de Comercio de apoyar el control de tabaco del país, pero le solicitamos que antes de realizar campañas externas promueva estrategias a lo interno de sus agremiados para que, en lugar de perjudicar la salud, como derecho de la población, sean conscientes de los daños que pueden generar sus actos comerciales.

La Sala Constitucional ha considerado que el derecho a la salud se deriva y guarda estrecha conexión con el derecho a la vida. (Sentencia de la Sala Constitucional Nº 6061-96, reiterada, entre otras, en la sentencia Nº2001-927)

Asimismo, las empresas deben respetar los derechos humanos. Eso significa que deben abstenerse de infringir los derechos humanos de terceros y hacer frente a las consecuencias negativas sobre los derechos humanos en las que tengan alguna participación. (Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos.)

www.rednacionalantitabaco.com

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