Por Dra. Nydia Amador, Presidenta de la Red Nacional Antitabaco (RENATA) https://semanariouniversidad.com/opinion/una-apuesta-por-la-salud-publica/

Cuando Costa Rica ratificó el Convenio Marco para el Control de Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el 2008, dio los primeros pasos para una gran apuesta en favor de la salud pública de sus habitantes.

A lo largo de los años, otro gran avance fue la aprobación de la Ley para el Control del Tabaco aprobada por la Asamblea Legislativa en el 2012 (Ley 9028), con la cual entre otros aspectos se establecieron los lineamientos para el etiquetado actual que ha permitido alertar a los ciudadanos de una manera más gráfica sobre las consecuencias del tabaquismo.

Sin embargo, el proceso no ha sido sencillo a sabiendas de la fuerte influencia que tiene la industria tabacalera no sólo en el país, sino a nivel global.

Debido al intenso frente que hace la industria tabacalera a través de “entes de fachada” varios gobiernos no han podido realizar ajustes necesarios para frenar productos nuevos de tabaco calentado y dispositivos electrónicos, que no son otra cosa más que una manera más “moderna y solapada” de consumir tabaco.

En medio de esta coyuntura, si bien es de reconocerse que el país ha ido en la dirección correcta, la implementación de estas normas no es fácil y aún hay bastante camino por recorrer. Así quedó reflejado con los resultados del Índice de Interferencia de la Industria Tabacalera, elaborado por Stopping Tobacco Organization & Products (STOP) y Corporate Accountability, en asocio con diversas organizaciones a nivel de América Latina, la Red Nacional Antitabaco (Renata) y el Centro para el Buen Gobierno en el Control del Tabaco de la Escuela de Estudios Globales de la Universidad de Thammasat.

Este estudio elaborado a nivel global, y que este año incorporó a naciones latinoamericanas como Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Perú y Uruguay, ubicó a Costa Rica con una calificación de 49 puntos en torno al cumplimiento de las disposiciones del CMCT, donde a mayor puntaje, peor el resultado.

Tal y como lo advertimos, dentro de los incumplimientos al CMCT, se señala el artículo 4.8, al considerar que la modificación en la integración de la Comisión Mixta contra el Comercio Ilícito representa un lugar de incidencia y lobby para minar avances en la regulación y control del tabaco, un aspecto que lamentablemente las mismas autoridades insisten en normalizar.

También se logró documentar la participación de oficiales de gobierno y de gobiernos locales en actividades de responsabilidad social corporativa organizadas por la industria tabacalera o sus representantes, lo cual va en contra de la disposición del artículo 6.2 del CMCT.

Se documentó el tratamiento especial por parte del Poder Ejecutivo y Legislativo hacia la industria tabacalera al protegerla durante la reforma fiscal. En un mismo ejercicio legislativo, se benefició en un artículo especial para el cálculo menor de la base imponible del impuesto y en una amnistía fiscal, lo cual va contra el artículo 7.3 del CMCT.

Otra de las documentaciones refiere a la interferencia de la industria a través de sus representantes en eventos sociales como asistencia técnica en la formación sobre temas de contrabando, por ejemplo, donaciones a instancias de gobierno dedicadas al tema fiscal lo cual va en contra del artículo 2.1 del CMCT.

Otro hallazgo implica que el Gobierno no tiene mecanismos establecidos para que sus oficiales rindan cuentas sobre las interacciones y reuniones con el sector, pese a que se documentó que existen presiones de la industria en relación con la regulación de la publicidad de cigarrillos sobre Presidencia y Ministerios, lo que va contra del artículo 2.2 del CMCT.

Además, el gobierno de Costa Rica no cuenta con mecanismos para prevenir la interferencia de la industria tabacalera en las políticas relacionados con el control del tabaco, aspecto que está contenido en el artículo 4.2 del CMCT.

Precisamente ante esto, en las recomendaciones del estudio para el país, se pide la elaboración de un Código de Conducta con normas y procedimientos para la interacción de los oficiales gubernamentales con la industria tabacalera conforme el artículo 5.3 del CMCT.

También contar con un Plan Nacional de Control de Tabaco que considere en sus acciones estratégicas la educación del aparato estatal sobre el CMCT, mismo que debe articularse con la sociedad civil e instituciones que están vinculadas a la Ley 9028.

Se pide al Ministerio de Salud establecer mecanismos para registrar las interacciones de sus funcionarios con personeros del sector, crear una política para rechazar la aceptación de toda forma de contribución o regalo, así como incluir dentro de las acciones estratégicas del Observatorio de Vigilancia de las Estrategias e Intervenciones en Salud para el cumplimiento de la Ley N° 9028 (OVEIS), el monitoreo de las acciones que implementa la industria tabacalera en detrimento del Artículo 5.3.

Esperamos que las autoridades de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial tomen en cuenta estos resultados, en aras no sólo de cumplir con los compromisos asumidos por el país y por transparentar el trato que tiene con la industria tabacalera, sino porque el motivo principal de estos pasos registrados desde el 2008, son nuestros habitantes y, el garantizarles una mejor calidad de vida a través de esta gran apuesta por la salud pública.

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