Setecientos empleados de zonas francas fueron los que lograron, con sus quejas, que el Ministerio de Salud permitiera el fumado en ciertas áreas de trabajo, afirmó ayer la ministra de Salud, Daisy Corrales.

El reclamo se dio porque estos empleados laboran en grandes parques industriales rodeados de mallas, dentro de los cuales se instalan plantas para fabricar productos de exportación. El problema es que no pueden fumar en las áreas externas a las plantas o las calles porque se entiende que todo el condominio industrial es zona de trabajo.

Al respecto, Corrales reafirmó que “dentro de una empresa está prohibido fumar” porque así lo dice la Ley General de Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud, que rige desde el 26 de marzo.

Sin embargo, explicó que “ la diferencia se presentó con una denuncia de 700 empleados fumadores, alegando una serie de situaciones complejas, sobre todo en zonas francas, porque ellos tienen que irse hasta un kilómetro para salir de la propiedad de la empresa”.

Por ello, el reglamento sobre la ley antitabaco emitido por el Poder Ejecutivo el 26 de junio dice que se puede fumar en “los espacios abiertos que se encuentren dentro de la propiedad a una distancia no menor de cinco metros de la unidad productiva de trabajo o de sus lugares anexos y conexos”.

Esta adición al reglamento, dijo Corrales, se dio a “último minuto” para responder a las quejas.

Ayer, en La Nación, la viceministra Sisy Castillo, dijo que “fumar a cinco metros de la unidad productiva aplica solo a sitios de trabajo, como grandes áreas industriales, con amplias áreas abiertas. El Ministerio continúa con la declaratoria de espacios libres de humo en las que, por voluntad de las autoridades y trabajadores, no se permite fumar en el total de la propiedad del centro de trabajo”.

No obstante, la adición en el reglamento causa confusión, porque es general, no se especifica que se hizo pensando en zonas francas. También, confunde porque no aclara el concepto de qué es una “unidad productiva”.

Tampoco, se aclara qué son áreas conexas o anexas en las cuales no se puede fumar.

En un comentario en La Nación, el 24 de abril, el abogado Marco Durante pidió al Gobierno que aclarara en el reglamento de la ley antitabaco “qué debe entenderse por anexo y conexo, porque recordemos que hoy muchos trabajadores prestan labores en lugares con amplias zonas verdes, centros empresariales o zonas francas”.

 

Durante una visita ayer al Hogar María, en Heredia, La Nación consultó a la mandataria Laura Chinchilla. Ella aseguró que el nuevo reglamento está de acuerdo con la ley: “Hay un reglamento que se promovió en el marco de lo que la ley establece. Ningún reglamento puede estar encima de la ley”.

Por su parte, Álvaro Valverde, director ejecutivo de la Asociación de Empresas de Zonas Francas (Azofras), afirmó desconocer cuáles empleados presentaron la denuncia, pues en zonas francas laboran 60.000. Dijo que ellos no motivaron la gestión, pero él la avala.

fuente: https://www.nacion.com/2012-07-13/ElPais/Salud-cambio-reglamento-por-quejas-de-700-fumadores.aspx

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